Es un requisito para obtener tu título como profesional, basado en la Ley de Servicio Comunitario vigente, publicada en Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior. Gaceta Oficial Nº 38.272 del 14 de septiembre de 2005.
Consiste en desarrollar actividades relacionadas con tu perfil profesional, que impliquen la aplicación de los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos adquiridos en tu formación académica, para aportar solución(es) a las necesidades de una comunidad.
Al haber cursado como mínimo el cincuenta por ciento (50%) del total de la Carga Académica de la carrera. (Artículo 16 de la Ley de Servicio Comunitario)
Se entiende por Servicio Comunitario, el conjunto de actividades temporales que realizan los estudiantes de las diferentes disciplinas universitarias, que impliquen la aplicación de los conocimientos científicos, técnicos y humanísticos adquiridos en su formación académica, en beneficio de la comunidad.
A los efectos de este Reglamento, la comunidad es el ámbito social de alcance nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación universitaria, para la prestación del servicio.
Es una metodología pedagógica experiencial, que busca fomentar la participación comprometida de estudiantes en cursos con un componente de servicio a la comunidad, que signifiquen un aprendizaje significativo y un servicio de calidad.
Es el espacio donde se articulan las prioridades de acción de la Universidad Fermín Toro, orientadas hacia tres categorías de estudio: Promoción de la paz, el hombre en su dimensión ciudadana, y la identidad reconocida en la diversidad cultural y global.
De acuerdo a lo establecido en la Ley de Servicio Comunitario de Educación Superior, para realizar el Servicio Comunitario, los estudiantes de la Universidad Fermín Toro deben haber cumplido mínimo con el cincuenta por ciento (50%) del total de la carga académica de la carrera. En concordancia con el artículo 16 de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior.
El Servicio Comunitario deberá ser continuo con una duración mínima de Ciento Veinte (120) horas; y realizarse en un término no menor de tres (3) meses y no mayor al lapso académico de la Universidad Fermín Toro, según sea el caso. (Lapso semestral- lapso anual).
La ejecución del Servicio Comunitario NO INCLUYE:
La Coordinación del Programa de Servicio Comunitario, es responsabilidad de la Dirección de Extensión que hará seguimiento y control del Programa a través de la Coordinación.
La coordinación de las actividades estudiantiles referidas al servicio comunitario, es responsabilidad de los Tutores, en conjunto con la Coordinación de Servicio Comunitario.
Es la exención (No tiene obligación de cumplirlo) de la realización de Servicio Comunitario de todos aquellos estudiantes que ya son profesionales (TSU, Licenciados, Ingenieros, Abogados, entre otros); y los hijos de agentes diplomáticos..
Consignar ante la Coordinación de Servicio Comunitario los requisitos que se indican a continuación::